CONDICIONES DEL SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES

Santa Cruz, 07 de Noviembre del 2011

Señores padres de familia:

A continuación hacemos conocer las condiciones del Seguro de Accidentes Personales. El costo de la prima por un año es de $us. 27.- por alumno. Todos los inscritos deben efectuar el pago antes del 1° de febrero del 2012, al momento de la matriculación.

Atentamente,

LA ADMINISTRACIÓN

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CONDICIONES DEL SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES
LATINA SEGUROS PATRIMONIALES S.A.

ASEGURADOS:

Todos los estudiantes inscritos.

VIGENCIA DE COBERTURA PARA CADA ASEGURADO:
Los alumnos quedarán incorporados en este seguro automáticamente desde las 12:00 del 1° de Febrero del 2012 hasta las 12:00 del 1° de Febrero del 2013, renovable por un nuevo periodo en la subsiguiente inscripción, si esta se hace efectiva.

COBERTURAS Y SUMAS ASEGURADAS POR PERSONA:

La póliza cubre contra accidentes definidos como lesiones corporales (incluyendo la muerte), producidos por la acción imprevista, fortuita, de un agente y/o fuerza externa que obre súbitamente sobre la persona del asegurado independientemente de su voluntad y que ocurran en el ejercicio de la ocupación declarada (estudiante) y en el curso de su vida privada; durante el uso de cualquier medio habitual para el transporte ya sea terrestre, lacustre, fluvial, marítimo o transporte aéreo de empresas comerciales autorizadas y con itinerarios fijos y los que ocurran en el empleo regular como conductor o pasajero de vehículos a motor.

Asimismo, el seguro se extenderá a cubrir adicionalmente lo siguiente:

  • Accidentes que ocurran durante la práctica como aficionado de actividades deportivas (salvo deportes notoriamente peligrosos tales como: hipismo, andinismo, alpinismo, paracaidismo, cacería de fieras, pesca submarina y todos aquellos que aunque no estén mencionados el Asegurado realice en competición profesional).
  • Accidentes ocasionados por fenómenos de la naturaleza, tales como: ismos, erupciones volcánicas, inundaciones o similares.
  • La asfixia e intoxicación por vapores o gases o cualquier otra sustancia análoga, o por inmersión y obstrucción; y la electrocución, siempre y cuando sean por causas accidentales.
  • Casos de rabia y otros similares, producidos por mordeduras de animales o picaduras de insectos venenosos.
  • Los causados por esfuerzo repentino y evidentes al diagnóstico, como fracturas, luxaciones articulares, distensiones, dilaceraciones, rupturas musculares tendinosas y viscerales, lumbalgias y los que resulten del ejercicio de la legítima defensa del Asegurado legalmente establecida.
  • Los que sean consecuencia de actos de huelgas, conmociones civiles, daño malicioso, vandalismo y terrorismo (siempre que el Asegurado no participe activamente en tales actos) y/o inclusive por actos de cualquier tipo cometidos por personas ajenas a la entidad estén o no estén estas personas en estado de alienación mental, embriaguez, sonambulismo o bajo la influencia de estupefacientes o drogas.

La cobertura antes indicada funcionará durante las 24 horas del día en el curso de la vigencia de la póliza, hasta los siguientes límites por persona:

Muerte accidental hasta $us. 2.000
Invalidez total y/o permanente hasta $us. 2.000
Gastos médicos hasta $us. 2.000

La cobertura incluye la presencia de una enfermera para primeros auxilios en las instalaciones del colegio, durante los periodos de clases. La póliza también incluye cobertura para accidentes que ocurran en paseos escolares o similares.

CONDICIONES ESPECIALES:

La cobertura para cada asegurado funcionará desde las 12:00 del 1° de Febrero del 2012 hasta el final de la vigencia de la póliza. En este contexto, los alumnos que se inscriban en fecha posterior al inicio de la vigencia de esta póliza quedarán automáticamente incorporados.

En caso de siniestro aplicable a esta póliza, el asegurado deberá presentar el documento que será entregado por la Compañía de Seguros a nombre del alumno. En caso de pérdida de dicho documento, la compañía emitirá una nueva copia, previa solicitud al colegio de uno de los padres o tutor.

CLAUSULAS CONDICIONALES:

  • De Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada para gastos médicos.
  • De Cobertura para Riesgos como pasajeros vuelos no regulares autorizados por la DNAC (Dirección Nacional de Aeronáutica Civil).
  • De Cobertura para cubrir conductores y/o pasajeros de motocicletas y otros vehículos similares sujeto al uso de casco (En la cobertura de Gastos médicos en exceso del SOAT).
  • De Cobertura de Daños a consecuencia de Riesgos de la Naturaleza no catastróficos.
  • De Elegibilidad de Centros Médicos y Galenos

SERVICIOS INCORPORADOS:

Servicio de atención médica bajo sistema de crédito:

Los asegurados podrán atenderse en forma gratuita, sin exceder de los límites asegurados por persona, en las siguientes instituciones, según procedimientos preestablecidos:

  • Centro de Traumatología y Ortopedia
  • Clínica Niño Jesús
  • Clínica Ángel Foianini

No obstante lo indicado, los Asegurados podrán atenderse en cualquier otro centro médico o con médicos particulares de su elección, en cualquier lugar del territorio nacional, en cuyos casas la indemnización funcionará mediante reembolso, sujeto a la presentación de la documentación que la Compañía considere pertinente.

Colegio San Lorenzo - Santa Cruz
Urbanización Valle Azul, Calle A (Av. Cristo Redentor 7mo. anillo, ingreso a Urbanización Génesis)
Telf/Fax: 343-1810 - 3431816 contactos@colegiosanlorenzo.edu.bo
Santa Cruz - Bolivia